A finales del siglo XV y principios del XVI se establecieron en muchas ciudades de España unas zonas acotadas en las que estaba permitido ejercer la prostitución. Se llamaron «Mancebías» y las primeras estuvieron en Valencia y Zaragoza. Se dictaron una serie de normas para que se rigiesen por ellas. En este artículo indagaremos sobre esas normativas y sobre cómo funcionaban las «Casas de Mancebía».
Cómo funcionaban las «Casas de Mancebía»
La prostitución era aceptada por la iglesia y la sociedad como un mal menor. Si bien era denigrada, se consideraba que la prostituta tenía un papel necesario. Los eclesiásticos consideraban que sin su existencia muchos hombres se dedicarían a «seducir» mujeres honradas, a la homosexualidad, incesto o adulterio.
Eso sí, aunque necesaria, al ser considerada pecaminosa, debía alejarse del centro de las ciudades y de la vida social aceptada. Desde el siglo XIII en Europa empezaron a crearse, normalmente en el extrarradio o fuera de las murallas, barrios donde era legal ejercer la prostitución. En España eran conocidos como Mancebías y las primeras se abrieron oficialmente en 1472, aunque sin ese nombre ya venían funcionando como tales la de Sevilla desde 1337 y la de Barcelona desde 1448. En ellas se alzaron edificios destinados a «casas de mancebía».
Se creó un cargo que era el de «padre de la mancebía» o «padre putas». Era el encargado de hacer que las ordenanzas municipales sobre prostitución se cumplieran. Además tenía una serie de obligaciones para con sus pupilas, entre otras, debía proporcionarles comida, cobijo y leña en invierno, vigilar que las visitase un cirujano antes de empezar a ejercer, para cerciorarse de que estaban sanas o alquilarles para su trabajo una cama con dos colchones, sábanas y dos almohadas por tan solo 1 real al día. Otras obligaciones de su cargo eran velar porque las mujeres no trabajaran en el exterior en una serie de días festivos religiosos, que los clientes no fueran ni judíos, ni moros, ni casados, ni solteros vecinos de la propia ciudad.Otra ordenanza indicaba que en las mancebías no podían haber mesones ni tabernas y se prohibía terminantemente el juego.
Las mujeres de las mancebías también debían seguir una normativa: no podían ser vecinas de la ciudad en la que ejercían, ni tener en ella ningún pariente, no podían estar casadas, ni ser negras o mulatas y debían recibir el visto bueno de una comisión del consistorio. No podían ejercer fuera del local y además si salían de su zona debían cubrirse con una mantilla amarilla para ser fácilmente reconocidas.
A pesar de tanta normativa y reglas de funcionamiento, la prostitución se ejerció más en el exterior que dentro de las mancebías. En 1623, ante la relajación de las costumbres y para atajar ese mal, Felipe IV ordenó cerrar las mancebías de las ciudades.
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